jueves, 2 de junio de 2011

GTC-34



GUÍA TÉCNICA COLOMBIANA GTC  34 
1997-04-16


GUÍA ESTRUCTURA BÁSICA DEL PROGRAMA
DE SALUD OCUPACIONAL
1. OBJETO
Esta guía tiene por objeto dar los lineamientos para estructurar y desarrollar un programa de
salud ocupacional para las empresas establecidas en Colombia.
2. DEFINICIONES
2.1 Accidente de trabajo: todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del
trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una
invalidez o la muerte1).
Es también accidente de trabajo, aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del
empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de
trabajo. Igualmente, se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de
los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo
suministre el empleador2).2)
2.2 Diagnóstico de condiciones de trabajo y salud: conjunto de datos sobre las condiciones de
trabajo y salud, valorados y organizados sistemáticamente, que permiten una adecuada
priorización y orientación de las actividades del Programa de Salud Ocupacional.
2.3 Enfermedad profesional: todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga
como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o el
medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad
profesional por el Gobierno Nacional1)
1) Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Decreto Ley 1295 de 1994.
2) International Ergonomics Association, 1994
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2.4 Ergonomía: integra el conocimiento derivado de las ciencias humanas para conjugar
trabajos, sistemas, productos y ambiente con las habilidades y limitaciones físicas y metales de
las personas1).
2.5 Condiciones de trabajo y salud: características materiales y no materiales que pueden ser
generadas por el ambiente, la organización y las personas, y que contribuyen a determinar el
proceso salud-enfermedad.
2.6 Higiene ocupacional o industrial: conjunto de actividades destinadas a la identificación,
evaluación y control de los factores de riesgo del ambiente de trabajo que puedan alterar la salud
de los trabajadores, generando enfermedades profesionales2).
2.7 Medicina ocupacional o del trabajo: conjunto de actividades de las ciencias de la salud
dirigidas hacia la promoción de la calidad de vida de los trabajadores a través del mantenimiento
y mejoramiento de sus condiciones de salud 2).
2.8 Plan integrado de educación: conjunto de actividades encaminadas a proporcionar al
trabajador los conocimientos y destrezas, así como los cambios de actividad y comportamiento
necesarios para desempeñar su labor asegurando la protección de la salud e integridad física y
emocional.
2.9 Política de salud ocupacional: lineamientos generales, establecidos por la dirección de la
empresa, que permiten orientar el curso de acción de unos objetivos para determinar las
características y alcances del Programa de Salud Ocupacional.
2.10 Programa de salud ocupacional: diagnóstico, planeación, organización, ejecución y
evaluación de las actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y
colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de
trabajo en forma integral e interdisciplinaria.
2.11 Promoción de la salud en el trabajo: conjunto de actividades articuladas que los diferentes
actores del proceso productivo y del sistema general de riesgos profesionales realizan para
modificar las condiciones de trabajo y desarrollar el potencial mental del hombre.
2.12 Riesgo ocupacional: probabilidad de ocurrencia de un evento de características negativas
en el trabajo, que puede ser generado por una condición de trabajo capaz de desencadenar
alguna perturbación en la salud o integridad física del trabajador, como daño en los materiales y
equipos o alteraciones del ambiente.
2.13 Salud ocupacional: conjunto de disciplinas que tienen como finalidad la promoción de la
salud en el trabajo a través del fomento y mantenimiento del más elevado nivel de bienestar en
los trabajadores de todas las profesiones, previniendo alteraciones de la salud por las
condiciones de trabajo, protegiéndolos contra los riesgos resultantes de la presencia de agentes
nocivos y colocándolos en un cargo acorde con sus aptitudes físicas y psicológicas3).
La Salud Ocupacional tiene las siguientes características: convoca trabajo interdisciplinario,
trabaja con grupos y no con individuos, es eminentemente preventiva y su ejercicio se
fundamenta en el control de riesgos.
1) International Ergonomics Association, 1994.
2) Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, Decreto 614 de 1986.
3) Comité mixto OMS - OIT, 1959.
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2.14 Seguridad ocupacional o industrial: conjunto de actividades destinadas a la identificación,
evaluación y control de los factores de riesgo o condiciones de trabajo que puedan producir
accidentes de trabajo1).
2.15 Sistema de vigilancia epidemiológica ocupacional: metodología y procedimientos
administrativos que facilitan el estudio de los efectos sobre la salud causados por la exposición o
factores de riesgo específicos presentes en el trabajo e incluye acciones de prevención y control
dirigidos al ambiente laboral y a las personas (aspectos orgánicos y de estilos de vida y trabajo).
3. REQUISITOS
3.1 POLÍTICA DE SALUD OCUPACIONAL
Debe tener explícita la decisión prioritaria de mejorar las condiciones de trabajo y salud a través
del desarrollo del Programa de Salud Ocupacional, definiendo su organización, responsables,
procesos de gestión y destinación de recursos humanos, físicos y financieros respectivos.
Igualmente debe resaltar el cumplimiento de las normas legales que establecen la obligatoriedad
de los empleadores de velar por la salud de los trabajadores a su cargo, al igual que el de
responder por la ejecución del programa permanente de salud ocupacional en los lugares de
trabajo.
La política debe estar escrita, firmada, publicada y difundida al interior de la empresa.
3.2 ESTRUCTURA BÁSICA DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL
3.2.1 Objetivos generales del programa
Los objetivos que se establezcan deben manifestar claramente los alcances y compromisos del
programa para mantener el más alto grado de salud y bienestar de los trabajadores, teniendo en
cuenta como mínimo la legislación vigente.
3.2.1.1 Estructura organizacional
a) Generalidades de la empresa
- Actividad económica
- Breve recuento histórico
- Centros de frentes de trabajo
- Materias primas e insumos
- Equipos utilizados
- Procesos desarrollados
- Productos o servicios
1) Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, Decreto 614 de 1986.
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b) Organización del trabajo
- Formas de contratación de los trabajadores
- Distribución de personal discriminado por centros, turnos de trabajo y sexo.
- Horarios de trabajo
- Beneficios al personal (prestaciones, beneficios económicos, extralegales,
vacaciones, vivienda, educación, otros)
c) Organigrama de la empresa
d) Organización de la salud ocupacional
- Estructura orgánica de la salud ocupacional: ubicación dentro del
organigrama general de la empresa de la unidad de Salud Ocupacional,
garantizando acceso directo al nivel decisorio.
- Recursos:
* Humano: determinar el personal necesario para el desarrollo del
programa de Salud Ocupacional, garantizando su idoneidad de
acuerdo con la ley.
* Financieros: se debe contar con el presupuesto que le permite el
desarrollo de las actividades del Programa de Salud Ocupacional.
* Técnicos: equipos, elementos, normas y procedimientos necesarios
para evaluar las condiciones de trabajo y la salud de los
trabajadores. Estos pueden ser propios o contratados y ajustarse a
normas técnicas específicas.
* Locativos: se debe contar con las instalaciones locativas necesarias
y acordes con la actividad de salud ocupacional que se promueve.
- Niveles de responsabilidad: incluir las responsabilidades por cada nivel
jerárquico de la empresa, siendo indispensable los siguientes:
* Gerencia: se debe enfatizar en este nivel como máximo
responsable del estado de la salud ocupacional en la empresa y
por lo tanto del acatamiento de las normas de salud ocupacional
aplicables a la misma.
Para facilitar esta función, de acuerdo a las características de cada
empresa, el genere determina y difunde la organización interna y la
asignación de responsabilidades específicas.
* Mandos medios: se debe delimitar el conjunto de responsabilidades
para apoyo y ejecución del programa.
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* Trabajadores: incluye responsabilizarlo por su bienestar y
establecer participación activa y positiva por intermedio del comité
de salud ocupacional. La responsabilidad de todo trabajador, en
cualquier nivel y en cualquier posición de la empresa, no es
ejecutar únicamente la labor a él asignada, sino realizarla dentro de
las pautas establecidas por Salud Ocupacional, a fin de prevenir
todo riesgo que atente contra la salud personal o colectiva.
- Dirección del Programa de Salud Ocupacional: debe estar a cargo de un
profesional con idoneidad reconocida en Salud Ocupacional por el Estado
o en su defecto, contar con la asesoría permanente de una persona
natural o jurídica debidamente licenciada para prestar estos servicios, con
una dedicación de tiempo adecuado y acorde con la población trabajadora
a cubrir y la clase de riesgo de la empresa.
- Comité Paritario de Salud Ocupacional: debe estar conformado por
representantes de los trabajadores y de la empresa y funciona como
organismo de promoción y vigilancia de las políticas, normas y
reglamentos de salud ocupacional al interior de la empresa, haciendo uso
del tiempo asignado legalmente para sus funciones y previa capacitación
de sus integrantes, de acuerdo con la legislación vigente respectiva.
- Procedimientos administrativos: la empresa define los procedimientos
administrativos necesarios que faciliten el desarrollo permanente del
programa para el logro de sus objetivos en concordancia con el director del
mismo.
3.2.1.2 Diagnóstico integral de condiciones de trabajo y salud. Debe realizarse por lo menos una
vez al año o cada vez que las circunstancias así lo ameriten. La metodología para establecer este
diagnóstico debe contener identificación, evaluación, análisis y priorización, con las consecuentes
actualizaciones; también debe ser participativa, o sea, que tanto los trabajadores como el equipo
de salud ocupacional de la empresa estén presentes, de manera activa, en el diligenciamiento de
los instrumentos que permitan establecer el diagnóstico y que básicamente son los siguientes:
a) De las condiciones de trabajo.
Hace referencia a un panorama general de factores de riesgo, el cual debe
contener como mínimo
- Área, sección y puesto de trabajo u oficio
- Factor de riesgo o condición de trabajo
- Fuente generadora
- Número de personas expuestas
- Tiempo de exposición
- Controles existentes (fuente, medio)
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- Protección y prevención en el individuo
- Evaluaciones ambientales (cualicuantitativas)
- Controles recomendados
b) De las condiciones de salud
Se refiere al diagnóstico de salud, el cual incluye:
- Variables demográficas de la población
- Variables ocupacionales de esa misma población
- Hallazgos de morbilidad
c) Plan de análisis y priorización
Corresponde a la correlación de las variables de trabajo y salud encontradas al
generar el diagnóstico integral, y que permiten, de acuerdo con las prioridades,
orientar la planeación, organización y ejecución de las intervenciones.
3.2.2 Planeación, organización y ejecución
3.2.2.1 Objetivo específico. Se debe manifestar la intención de realizar acciones de prevención y
control en fuente, medio e individuo, sobre aquellos factores de riesgo identificados en el
diagnóstico integral.
3.2.2.2 Intervenciones y procedimientos. Contempla las actividades a seguir para la
implementación del programa de salud ocupacional, cada una de las cuales deberá contener sus
respectivos sistemas de registro, información y control.
a) Sobre las condiciones de trabajo
Contempla las acciones sobre el ambiente, procesos y personas dirigidas
primordialmente al control en la fuente de generación y en el medio de
propagación de los factores de riesgo, a través del ejercicio de la Higiene y
Seguridad Ocupacional o Industrial.
- Actividades
* Normas y procedimientos técnicos y administrativos
* Inspecciones generales y específicas
* Investigación y análisis de accidentes de trabajo
* Demarcación y señalización
* Métodos de almacenamiento
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* Hojas toxicológicas de productos químicos
* Preparación para emergencias
* Evaluación de los factores de riesgo generadores de ATEP
* Dotación de equipos y elementos de protección personal
* Saneamiento básico
* Medidas específicas de prevención y control en la fuente y el medio
b) Sobre las condiciones de salud
Contempla las acciones sobre el proceso salud - enfermedad que incluyen a la
Medicina Ocupacional o del Trabajo y que están dirigidas específicamente al
individuo.
- Actividades
* Perfiles psico-fisiológicos
* Historia Clínica Ocupacional
* Evaluaciones de las condiciones de salud (físicas y mentales)
* Investigación y análisis de enfermedades profesionales
* Primeros auxilios
* Estudio de comportamiento y actitudes personales
* Ubicación y reubicación laboral
* Rehabilitación integral
* Ausentismo laboral
* Fomento de la salud integral (Recreación, deporte, cultura,
acondicionamiento, entre otras).
c) Acciones conjuntas sobre las condiciones de trabajo y salud
Incluye los compromisos interdisciplinarios por parte de Medicina Ocupacional o
del Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional o Industrial.
- Actividades
* Protocolos de sistemas de vigilancia epidemiológica ocupacional
* Plan integrado de educación
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* Otros: evaluaciones generales y específicas de diseño y rediseño
de los puestos de trabajo, intervención en las causas de los
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales,
conceptualización en adquisiciones, nuevos proyectos e
implementación de procedimientos, coordinación con ARP, EPS,
IPS, Cajas de Compensación, otros servicios de salud y
organismos de vigilancia y control, actualización del diagnóstico
integral, fomento de los estilos de vida y trabajo saludables y
evaluación periódica y ajustes de las actividades del programa.
3.2.2.3 Cronograma. Establece el desarrollo de las actividades en el tiempo, de acuerdo con cada
uno de los elementos contemplados. Mínimo debe incluir:
- Actividad
- Responsable
- Períodos de ejecución
- Presupuesto
3.2.3 Evaluación
Consiste en medir el desarrollo del PSO, comparar los resultados obtenidos con criterios
previamente establecidos, en un período definido, y analizar los factores que determinaron el
logro total o parcial de las metas previstas.
Desde un enfoque sistemático la evaluación de la gestión del PSO comprende:
- Indicadores de disposición de recursos existentes y en capacidad de
funcionamiento del PSO con respecto a las características de la empresa.
- Indicadores de actividades que relacionen las ejecutadas con respecto a las
programadas.
- Indicadores de impacto, como los índices de frecuencia, severidad y de lesiones
incapacitantes, evaluación del PSO, e indicadores de morbilidad y mortalidad, y de
capacitación, entre otros.
4. APÉNDICE
4.1 DOCUMENTOS QUE DEBEN CONSULTARSE
- Administradoras de Riesgos Profesionales Privadas. Proyecto guía para la
evaluación del Programa de Salud Ocupacional, 1995.
- Bulletin International Ergonomics Association. 1994
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- Instituto de Seguros Sociales - Seccional Cundinamarca. Propuesta guía para el
diseño del Programa de Salud Ocupacional de Empresas de Servicios
Temporales. 1994
- Ley 100 de 1993.
- Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud. Decreto 614 de 1984
- Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud. Resolución 2013 de 1986
- Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud. Resolución 1016 de 1989
- Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud. Decreto 1295 de 1994
- Ministerio de Salud. Propuesta guía Programa de Salud Ocupacional. 1995
- Nieto O. Evaluación en Salud Ocupacional - Indicadores de gestión. Instituto de
Ciencias de Salud - Universidad EAFIT, Medellín 1993.
Este documento fue elaborado por la Secretaria Técnica de Normalización del Consejo
Colombiano de Seguridad.

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